Fondo indivisible
Ф-002Base patrimonial
Patrimonio común. Continuidad de la acción común.
El fondo indivisible representa la conservación del patrimonio común: una parte separada del fondo de aportaciones sujeta a un régimen que impide su distribución entre los socios.

Posicionamiento
El posicionamiento es una propuesta editorial de comunicación basada en el catálogo proporcionado. No modifica las disposiciones del catálogo, los Estatutos ni los documentos de los fondos.
El fondo indivisible representa la conservación del patrimonio común: una parte separada del fondo de aportaciones sujeta a un régimen que impide su distribución entre los socios.
- Destinatarios
- Socios y órganos de gobierno interesados en la integridad del patrimonio común y la continuidad de su utilización.
- Valor
- Ayuda a explicar qué parte del patrimonio común se conserva bajo el régimen establecido y por qué ese régimen es importante para la Cooperativa.
- Función distintiva
- Su rasgo definitorio es la indivisibilidad: un régimen especial para el patrimonio separado del fondo de aportaciones, incluido su procedimiento de transferencia en caso de liquidación.
- Tono de comunicación
- Sereno, sólido y preciso. Destacar el régimen establecido y el uso común, conservando las formulaciones de los documentos.
Finalidad
Parte separada del fondo de aportaciones que no puede distribuirse entre los socios. Su finalidad es conservar el patrimonio de la Cooperativa para el uso común conforme al régimen establecido.
En el catálogo: Conservación del patrimonio común.
Fuentes de constitución
El fondo se separa del fondo de aportaciones. El registro original no establece otras fuentes ni normas de reposición; la composición del patrimonio y el procedimiento para adscribirlo al fondo deben documentarse.
Características
Según el procedimiento estatutario descrito en el registro, en caso de liquidación el patrimonio del fondo indivisible no se distribuye entre los socios, sino que se transfiere a otra sociedad de consumidores o cooperativa por decisión de la Asamblea General.
Registro, p. 5. Estatutos: art. 1; apdos. 25.2–25.3, 32.4, 32.6.
Según el apartado 25.3 de los Estatutos, citado en el registro, los importes y el procedimiento de constitución y utilización de los fondos se establecen en reglamentos aprobados por la Asamblea General a propuesta del Consejo de la Cooperativa.
Identidad visual
Un contorno único y cerrado con un espacio interior protegido. El patrimonio común conserva su integridad.

#4C5489Color de acento del fondo#142B43Azul oscuro común#F5F2ECFondo claroRecurso gráfico. Líneas cerradas continuas y grandes superficies uniformes.
Tipografía. Manrope SemiBold para nombres y títulos, Manrope Regular para el texto. Alrededor del símbolo se deja un espacio libre de al menos una cuarta parte de su altura.
Los símbolos y ejemplos de aplicaciones se crearon con imagegen. El conjunto incluye imágenes PNG y archivos PDF con texto compuesto. La impresión en serie requiere vectorización y preparación de preimpresión.
Materiales del fondo
Base documental
Según el apartado 25.3 de los Estatutos, citado en el registro, los importes y el procedimiento de constitución y utilización de los fondos se establecen en reglamentos aprobados por la Asamblea General a propuesta del Consejo de la Cooperativa.
El registro describe los fondos previstos en los Estatutos; no confirma su constitución efectiva, importes, saldos ni la existencia de activos.
Base del catálogo proporcionado: «Registro de fondos de NPK NPO SPECZASHCHITA», versión 1.0 del 26.08.2026, secciones 1–3. Las descripciones se han abreviado conservando el sentido de la fuente.
El posicionamiento es una propuesta editorial de comunicación basada en el catálogo proporcionado. No modifica las disposiciones del catálogo, los Estatutos ni los documentos de los fondos.